La empresa Cooperativa COVIRAM podrá hacer uso del crédito previsto en
el art. 44 del Decreto No. 220/998 por el Impuesto al Valor Agregado
generado en la adquisición en plaza de los materiales destinados a la
inversión proyectada, hasta un monto de IVA incluido en dichos materiales
equivalente a 2.923 (dos mil novecientos veintitrés) unidades
reajustables.