CONCESION DE USO DE LA FRANJA COSTERA DEL ALVEO UBICADO EN LA RIBERA DEL RIO DE LA PLATA. CLUB DE LOS BALLENEROS. MALDONADO




Promulgación: 06/02/2002
Publicación: 15/02/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 211
                                                                          
VISTO: la solicitud presentada por Club de los Balleneros de fecha 16 de 
junio de 1999 que luce a fojas 40 y siguientes de estos antecedentes, 
referente a que se le otorgue la concesión de uso privativo de la franja 
costera del álveo delimitada en el plano que luce a fojas 57 como 
contraprestación por tomar a su cargo el costo y ejecución de las 
reparaciones del muelle deportivo perteneciente al dominio público del 
Estado ubicado en la ribera del Río de la Plata, Departamento de 
Maldonado frente a sus instalaciones, el cual presenta deficiencias 
estructurales que lo comprometen seriamente.

RESULTANDO: I) Que el interesado presentó la documentación complementaria 
requerida por la Administración convocándose asimismo a Audiencia Pública 
en los términos establecidos en el artículo 177 del Código de Aguas, la 
que se llevó a cabo, previa publicación de los edictos de rigor, el día 8 
de junio de 2000, sin que se hayan deducido oposiciones, según surge del 
acta correspondiente.

II) Que el Departamento Letrado de esta Secretaría de Estado ha tomado 
intervención sin formular observaciones al respecto.

CONSIDERANDO: que el proyecto de reparación resulta de sumo interés para 
el Estado, en la medida que permitirá la recuperación de un muelle en el 
Departamento de Maldonado que fomenta el desarrollo de la actividad 
náutica - deportiva sin que la Administración deba incurrir en ningún 
tipo de erogación.

ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto-Ley 14.859 de 15 de diciembre de 
1978 (Código de Aguas).

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 CONCESION DEL ALVEO: Otórgase al Club de los Balleneros una concesión de 
uso privativo de parte del álveo y de las aguas correspondientes del Río 
de la Plata que se delimita en el plano firmado por el Ing. Agrim. 
Enrique G. Bengochea Alvarez que luce a fojas 57 de estos antecedentes de 
acuerdo a lo previsto en los artículos 165 y siguientes del Código de 
Aguas.

BATLLE - LUCIO CACERES


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