Visto: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Impresiones y
Publicaciones Oficiales, Programa 002, Unidad Ejecutora 002, Inciso 11,
Ministerio de Educación y Cultura, solicitando la aprobación del Poder
Ejecutivo de las tarifas del costo de página y publicación del Diario
Oficial, que deberá regir a partir del día de la notificación de la
presente resolución.
Resultando:I) Que de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 373 de la ley
15.809 del 8 de abril de 1986 y el Art. 332 de la ley 16.170 procede la
modificación de las tarifas a aplicar a fin de ajustarlas a los costos
actuales;
II) Que la Dirección Nacional de IMPO, propone en función de lo antedicho
las tarifas a regir desde el el 1º de abril de 1993;
III) Que no existen objeciones contables que se opongan a lo solicitado.
Considerando: que corresponde resolver en consecuencia.
Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la
Contaduría Central del Ministerio de Educación y Cultura, lo dispuesto en
el Art. 332 de la ley 16.170 y a las atribuciones delegadas establecidas
en el título VII de la resolución 13/993,
El Ministro de Educación y Cultura, en ejercicio de las atribuciones
delegadas,
RESUELVE:
Fíjanse los siguientes precios para el pago de los trabajos de impresión
por página del Diario Oficial, por parte de la Dirección Nacional de
Impresiones y Publicaciones Oficiales, los que regirán a partir del 1º de
abril de 1993: Costo de la Página $ 141.40 (pesos uruguayos ciento
cuarenta y uno con 40/100).
Fíjanse las siguientes tarifas para la publicación de Avisos, Edictos
Judiciales, Pago de Suscripciones, Precio de Venta de Ejemplares, etc; que
realice la Dirección del Diario Oficial a partir del día siguiente de la
publicación de la presente resolución y hasta el ajuste de la mismas de
acuerdo con la evolución del Indice General de Precios al Consumo en el
cuatrimestre:
Avisos Judiciales por cada publicación
(el centímetro, 20 palabras) $ 5,00
Avisos Estatales y Particulares (el
centímetro, 20 palabras) $ 12,20
Balance, por cada línea medida 14 cíceros
o equivalente $ 8,20
Estatutos y reformas de Sociedades
Anónimas y Sociedades de Responsabilidad
Limitada el centímetro $ 70,00
Edicto Matrimonio $ 36,00
Publicaciones Bonificadas
Estatutos de Cooperativas: 50% sobre tarifas de Sociedades Anónimas.
Propiedad Literaria y Artística: 50% sobre tarifas de avisos particulares.
Patentes de Invención: 25% sobre tarifas de avisos particulares.
Publicaciones Gratuitas
Pérdida de Patria Potestad, ley 13.209, Art. 2º.
Bienes de Familia: ley 15.597 artículo 16.
Rectificación de partidas: ley 16.170 artículo 340.
Suscripciones y Ejemplares
Retirando los ejemplares en IMPO o en
agencias por cuatrimestre $ 368.00
Reparto a domicilio por cuatrimestre $ 460.00
Reparto al Interior (Agencia) $ 414.00
Exterior por Correo, el cuatrimestre $ 920.00
Ejemplares del día $ 4.50
Ejemplares atrasados $ 6.25
Atrasados más de 15 días $ 7.50
Atrasados más de un año $ 15.00
Fotocopia de la página $ 2.50
Servicio de Microfilmación
A) Microfilmado y revelado por Imagen Reliant 700, 16m $ 0.40
B) Microfilmado y revelado por Imagen MRD 16 mm $ 0.60
C) Encajetado por rollo $ 33.00
Comuníquese a la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones
Oficiales, publíquese y pase a la Contaduría Central del Ministerio de
Educación y Cultura para su conocimiento. Cumplido, archívese.