Exonérase a la firma Camur S.A., en forma total, de recargos, incluso el
mínimo, impuesto a las importaciones, tributos de aplicación en ocasión de
las mismas, gastos y tasas consulares, derechos de Aduana y adicionales,
tasas y proventos portuarios que recaigan sobre la importación de los
bienes necesarios para la ejecución del proyecto detallados en la página
37 del proyecto y en anexo al escrito, de fecha 6 de marzo de 1975
(Artículo 8º, literales A y D de la ley 14.178).