Autorízase a la firma Camur S.A., a gestionar de acuerdo con el artículo
6º, apartado II, inciso B) de la ley 14.178, ante el Banco de la República
Oriental del Uruguay un crédito en moneda extranjera para la adquisición
de materia prima, por un monto de U$S 700.000 (setecientos mil dólares
americanos), que será cancelado en los años 1 y 2 de funcionamiento del
proyecto (Artículo 6º, apartado II, inciso B) de la ley 14.178).