Visto: la gestión formulada por la Administración de Ferrocarriles del
Estado a través de la Nota Nº 1.104/981 de 28 de julio de 1981.
Resultando: I) Que el citado Organismo con fecha 16 de julio de 1981 (RD
867/981), aprobó un Proyecto de Convenio de Tráfico Multimodal a través
del Puente Paysandú - Colón (Puente General José Artigas) a suscribirse
entre dicha Administración y la Empresa Ferrocarriles - Argentinos,
solicitando al Poder Ejecutivo la autorización prevista en el literal E)
del artículo 3º de la ley 14.396, de 10 de julio de 1975 (Carta Orgánica
de A.F.E.), para proceder a su firma;
II) Que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, no
formula observaciones a la gestión de referencia.
Considerando: que corresponde resolver en consecuencia.
Atento: a lo preceptuado por el literal E) del artículo 3º de la ley
14.396, de 10 de julio de 1975,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Autorízase a la Administración de Ferrocarriles del Estado para proceder
a la firma Convenio de Tráfico Multimodal a través del Puente Paysandú -
Colón (Puente General José Artigas) con la Empresa Ferrocarriles -
Argentinos, que fuera aprobado por dicha Administración con fecha 16 de
julio de 1981 (RD 867/981). (*)