AUTORIZACION A ANP A OTORGAR PERMISOS DE USO U OCUPACION DE AREAS DEL DOMINIO PUBLICO PORTUARIO




Promulgación: 27/03/1996
Publicación: 23/04/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

2

   Los permisos que se otorguen tendrán un plazo máximo de 1 (un) año, el
que podrá prorrogarse por única vez por un máximo de 1 (un) año 
adicional, cuando además de concurrir los extremos expuestos y previo 
cumplimiento de dar publicidad adecuada a la solicitud de renovación, no 
existan espacios disponibles para el requerimiento de otro interesado en 
operar. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 1.860/003 de 24/12/2003 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 257/996 de 27/03/1996 numeral 2.
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