AUTORIZACION A ANP A OTORGAR PERMISOS DE USO U OCUPACION DE AREAS DEL DOMINIO PUBLICO PORTUARIO




Promulgación: 27/03/1996
Publicación: 23/04/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

3

   La Administración Nacional de Puertos remitirá al Poder Ejecutivo las
actuaciones y antecedentes del caso, dentro de los treinta (30) días de
otorgado o renovado el permiso, para su conocimiento y demás efectos.
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