TRANSPORTE AEREO. PASAJEROS. CORREO. CARGA. AEROLINEAS URUGUAYAS S.A.




Promulgación: 23/04/1991
Publicación: 14/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

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      La autorizada quedará sometida a los controles de la Dirección
General de Aviación Civil. A dichos efectos deberá prestar colaboración
que le sea requerida y suministrar los informes y documentos
relacionados con las autorizaciones operativas conferidas, y deberá
presentar estados de situación, estados de pérdidas y ganancias, y toda
la información contable que dicha Dirección General le requiera. (*)
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