La autorizada quedará sometida a los controles de la Dirección
General de Aviación Civil. A dichos efectos deberá prestar colaboración
que le sea requerida y suministrar los informes y documentos
relacionados con las autorizaciones operativas conferidas, y deberá
presentar estados de situación, estados de pérdidas y ganancias, y toda
la información contable que dicha Dirección General le requiera. (*)