A los efectos del seguimiento y control, la empresa Darinto S.A., deberá
documentar anualmente ante el Ministerio de Industria y Energía durante
los años 1, 2, 3, 4 y 5 de funcionamiento, los montos exportados
explicitando unidades, tipos de bienes y precios unitarios, así como los
montos de las importaciones respectivas.