El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º
de la ley 14.178, se aplicará a las nuevas integraciones de capital social
de la empresa San José Industrias Alimenticias S.A. (S.I.A.S.A.), hasta un
monto en moneda nacional equivalente a U$S 1.678.100 y siempre que se
realicen dentro del plazo de tres (3) años a partir de la presente
resolución, todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 64 del decreto
663/979, del 19 de noviembre de 1979.