Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: La gestión promovida ante la Dirección Nacional de Hidrografía
por la empresa Jorge W. Erro Ltda.;
Resultando: I) Que por nota que inicia estas actuaciones dicha firma
solicita autorización para operar en el muelle de Dolores sobre el Río San
Salvador en el Departamento de Soriano, a fin de realizar descargas de
granos, con una fecuencia aproximada de 2 viajes cada 90 días;
II) Que la Dirección Nacional de Hidrografía no objeta la gestión
precitada, accediendo a la misma pero en las condiciones establecidas en
informe del 24 de noviembre de 1992 (fojas 3 a 3 vta.).
III) Que la Dirección Servicios Jurídicos (División Asesoría Letrada) del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas ha tomado la intervención sin
encontrar impedimento legal en tal sentido;
Considerando: Conveniente dictar resolucion en los términos
solicitados;
Atento: A lo establecido en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992 y
su Decreto Reglamentario del 1º de setiembre de 1992;
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Autorízase a la firma Barraca Jorge W. Erro Ltda. a operar en muelle
de Dolores sobre el Río San Salvador en el Departamento de Soriano, en la
descarga de granos, con una frecuencia de operación de aproximadamente 2
cada 90 días.