A los efectos del control y seguimiento, la empresa Fábrica de
Instrumentos Musicales y Afines S.A. (FIMASA) deberá documentar ante el
Ministerio de Industria y Energía, anualmente y durante los años 1 a 3 de
la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes físicos y en valores
monetarios producidos y los exportados, sin perjuicio de toda otra
información que le sea requerida.