El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
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El monto de la prestación será el equivalente a la diferencia entre el 88% (ochenta y ocho por ciento) del promedio mensual de las remuneraciones nominales computables percibidas en los últimos seis meses y la suma nominal abonada por el empleador por el periodo efectivamente trabajado. Esta última suma nominal no podrá ser inferior al 13% (trece por ciento) del promedio de las remuneraciones mensuales percibidas del empleador en los últimos seis meses.