DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. KPMG SOCIEDAD CIVIL




Promulgación: 19/01/2009
Publicación: 09/02/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 120
Referencias a toda la norma

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 Exonérase a la empresa KPMG SOCIEDAD CIVIL, del pago del Impuesto a las
Rentas de las Actividades Económicas por UI 418.849 equivalente a 53% de
la inversión elegible, que será aplicable por un plazo de 3 años a partir
del ejercicio comprendido entre el 01/06/08 y el 30/09/08 inclusive o
desde el ejercicio en que se obtenga renta fiscal, siempre que no hayan
transcurrido cuatro ejercicios de la declaratoria promocional. En este
caso, el referido plazo máximo se incrementará en cuatro años y se
computará desde el ejercicio en que se haya dictado la presente
declaratoria.
El monto exonerable en cada ejercicio no podrá superar la menor de las
siguientes cifras:
   a)  la inversión efectivamente realizada entre el inicio del ejercicio
       y el plazo establecido para la presentación de la correspondiente
       declaración jurada, y en ejercicios anteriores si dichas
       inversiones estuvieran comprendidas en la declaratoria promocional
       y no hubieran sido utilizadas a efectos de la exoneración en los
       ejercicios que fueron realizadas,
   b)  el monto total exonerable a que refiere el presente numeral,
       deducidos los montos exonerados en ejercicios anteriores.
Este beneficio se aplicará de acuerdo a lo establecido en el Art. 16 del
Decreto N° 455/007 de 26 de noviembre de 2007. (*)


(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 975/010 de 14/06/2010 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 28/009 de 19/01/2009 numeral 2.
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