Ver vigencia: Resolución Nº 500/013 de 20/08/2013 numeral 1.
VISTO: estos antecedentes relacionados con la Licitación Pública
Internacional Nº 25/07, comprendida en el régimen de Iniciativa Privada,
convocada por el Poder Ejecutivo para la concesión de uso de un área de
aproximadamente 6.684 metros cuadrados del dominio público en el Puerto de
La Paloma, Departamento de Rocha, destinado a la construcción y
explotación de una planta procesadora de "Surimi".
RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de 6 de febrero de
2006, se aceptó la Iniciativa Privada presentada por la firma ARTEVA S.A.,
para la construcción y puesta en funcionamiento de la referida Planta
Industrial, en el Puerto de La Paloma (Departamento de Rocha).
II) Que, asimismo, por Resolución del citado Poder de fecha 14 de mayo de
2007, se aprobó: a) los Estudios de Factibilidad y b) el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares que regirán el llamado, facultándose a las
Direcciones Nacionales de: Hidrografía e Inversiones y Planificación del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas a desarrollar el proceso
licitatorio respectivo, de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº
17.555 de 18 de setiembre de 2002.
III) Que se efectuaron las publicaciones de estilo en el Diario Oficial,
en dos diarios de circulación nacional (El País y La República) y en un
diario local (Diario El Este Rocha), los días 16 y 17 de julio de 2007.
IV) Que al acto de apertura, realizado el 30 de agosto de 2007, presentó
oferta la firma: ARTEVA S.A., según surge del Acta glosada a fojas 333 de
autos.
V) Que la Comisión Asesora de Adjudicaciones que fuera designada por
resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas de fecha 19 de
setiembre de 2007, al efectuar el análisis de la única oferta presentada,
procedió a solicitar a la firma ARTEVA S.A., con fecha 16 de noviembre de
2007, aclaraciones sobre distintos puntos de la misma, las que fueron
evacuadas el 20 de diciembre de 2007, procediendo dicha Comisión Asesora a
efectuar el análisis de la totalidad de la documentación, efectuando el
control del cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales del
Pliego, así como la comparación entre la oferta presentada con sus
aclaraciones y la propuesta original.
VI) Que en acuerdo a lo dispuesto por el artículo II.9 del Pliego de Bases
y Condiciones "Información del Oferente. Verificación", se solicitó la
intervención del Departamento Jurídico - Notarial de la Dirección Nacional
de Hidrografía, a fin de verificar el cumplimiento de lo establecido en el
artículo II.5 Numeral 1 del citado Pliego, Informando el citado
Departamento que el Oferente acreditó la documentación requerida.
VII) Que luego de evaluada la "Propuesta Técnica" y la "Propuesta
Económica", con fecha 9 de enero de 2008, la Comisión Asesora de
Adjudicaciones aconseja adjudicar el presente llamado a la firma ARTEVA
S.A., por reunir las condiciones para ser la adjudicataria del presente
llamado.
IV) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central - Carpeta
Nº 217.580 - Entrada Nº 659/08) ha tomado intervención, sin formular
objeciones al respecto.
CONSIDERANDO: I) Que la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca manifiesta que el proyecto es
de su interés, ya que se basa en la extracción de una especie sub
explotada ("Castañeta" - Cheilodactyusbergi), muchas veces descartada por
la flota, sustituye importaciones y tiene un saldo exportable.
II) El alto contenido social del emprendimiento, en tanto el mismo se
instala en el interior de la República generando puestos de trabajo,
introduciendo maquinaria y tecnología no existente, asegurando materia
prima a una empresa ya instalada en el País desde hace cinco años.
ATENTO: a lo preceptuado por la Ley Nº 16.246 de 8 de abril de 1992 y su
Decreto Reglamentario Nº 412/92 de 1 de setiembre de 1992, y la Ley de
Reactivación Económica Nº 17.555 de 18 de setiembre de 2002 y su Decreto
Reglamentario Nº 442/002 de 28 de setiembre de 2002.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Adjudícase a la firma ARTEVA S.A. la Licitación Pública Internacional Nº
25/07, comprendida en el régimen de Iniciativa Privada, convocada por el
Poder Ejecutivo para la concesión de uso de un área de aproximadamente
6.684 metros cuadrados del dominio público en el Puerto de La Paloma,
Departamento de Rocha, destinado a la construcción y explotación de una
planta procesadora de "Surimi".
Autorízase a la Dirección Nacional de Hidrografía a suscribir con la
firma ARTEVA S.A. el correspondiente Contrato de Concesión -ad referéndum-
de su aprobación por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Establécese asimismo que la firma contratista deberá constituir, con
anterioridad a la firma del Contrato de Concesión, la Garantía de Fiel
Cumplimiento de Contrato cuyo monto será de U$S 150.000,oo (dólares
estadounidenses ciento cincuenta mil), la que deberá ser constituida en la
forma prevista en el Pliego de Bases y Condiciones que rigió la presente
convocatoria.
Comuníquese, publíquese y previa toma de razón por parte del Contador
Central delegado por el Tribunal de Cuentas de la República ante el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, vuelva a la Dirección Nacional
de Hidrografía para notificar a la firma interesada y demás efectos.