AUMENTO DE POTENCIA DE RADIODIFUSION. 91.9 MHZ. CXD 220 SARANDI SATELITAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 04/05/1999
Publicación: 14/05/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 774
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por el señor Ramiro
Rodriguez Villamil, en representación de Corporación de Publicidad S.A.
permisionario de CXD 220 "Sarandí Satelital" de la ciudad de Montevideo,
que opera la frecuencia 91.9 Mhz., para que se le autorice un aumento de
potencia a 10 Kilowat.-

RESULTANDO: I) que por la Resolución de la Dirección Nacional de
Comunicaciones 735/95 de 11 de noviembre de 1995 se le autorizó a
Corporación de Publicidad S.A. un aumento de potencia de 1 Kilovatio
máximo.-

II) que dicha solicitud se basa fundamentalmente en la necesidad de
superar las limitaciones que se registran en el alcance de la
sub-portadora de la emisora.-

CONSIDERANDO: I) que si bien la Ley 15.093, aprueba el acuerdo para la
coordinación y el uso de los canales en la zona de frontera, donde
efectivamente se aplica el Convenio para canales de baja potencia, ha
sido necesario aprobar aumentos de potencia a estaciones que operan
dentro de la banda de frecuencias correspondientes a los canales 201 a
220, generalmente fuera de la zona de coordinación, para solucionar los
inconvenientes operativos causados por distintas razones técnicas
relacionadas con propagación, interferencias y para mejoramiento de las
señales en las áreas de servicio.-

II) que es conveniente para la mejor defensa del espectro radioeléctrico
nacional que las emisoras puedan operar con la mayor potencia posible.-

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y a lo establecido en el artículo 4to. del
Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción dada por el
artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991 y el artículo
17mo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a Corporación de Publicidad S.A. un aumento de potencia
efectiva radiada (P.E.R.) de 1 a 3 Kilovatios con una altura media de
antena (H.M.A.) de 100 metros o equivalentes, para la operación de la
frecuencia 91.9 Mhz en la ciudad de Montevideo.-

2

 Determínase que la modulación no podrá sobrepasar una desviación mayor a
más menos 75 Kilohertzios definido como el 100% de modulación y no se
ocupará una banda mayor a 240 Kilohertzios medidos a 26 dB por debajo del
pico máximo de la portadora sin modular.-

3

 Establécese que los anteriores mencionados son parámetros máximos y que
si en la práctica se produjeran interferencias perjudiciales a otros
servicios radioeléctricos ya instalados, los interesados deberán cesar de
inmediato las transmisiones, reducir su potencia y volver definitivamente
a lo establecido en la Resolución de la Dirección Nacional de
Comunicaciones 735/95 de 11 de noviembre de 1995.-

4

 Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones
a sus efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI- JUAN LUIS STORACE
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