Visto: la solicitud de la firma LOYNER S.A., tendiente a que se le
autorice a importar el equipamiento que detalle al amparo de la resolución
del Poder Ejecutivo del 4 de setiembre de 1985, por la cual fuera
declarada de Interés Nacional la actividad de su proyecto de inversión.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera que puede
accederse a lo solicitado en atención a que esta inversión adicional es
complementaria del proyecto anterior, permitirá incrementar la producción
y como consecuencia se incorporarán equipos auxiliares que facilitarán el
transporte de los materiales y equipos.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y el
Centro Nacional de Política y Desarrollo Industrial, lo dictaminado por la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía y lo establecido
por el decreto-ley 14.178 del 28 de marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Amplíase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 4 de setiembre de
1985 -por la cual se declara de Interés Nacional la actividad del proyecto
de inversión presentado por la firma LOYNER S.A.- en el sentido de incluir
el siguiente equipamiento:
- Una (1) retroescavadora con accesorios y repuestos.
- Una (1) retroescavadora con accesorios y repuestos.
- Una (1) seccionadora con accesorios y repuestos.
- Una (1) recortadora chapas con accesorios y repuestos.
- Un (1) brazo cargador con accesorios y repuestos.
- Una (1) tensionadora hojas con accesorios y repuestos.
- Una (1) balanceadora discos con accesorios y repuestos.
- Una (1) fresadora discos con accesorios y repuestos.
- Una (1) rectificadora discos con accesorios y repuestos.
- Una (1) recalibradora discos con accesorios y repuestos.
- Una (1) soldadora con accesorios y repuestos.
- Una (1) sintetizadora pastillas con accesorios y repuestos.
- Una (1) seccionadora pastillas con accesorios y repuestos.
- Un (1) grupo generador completo.
- Un (1) camión FIAT IVECO, 3 ejes, doble tracción, con accesorios y
repuestos, dentro del listado de equipamiento exonerado en su numeral
2º y declarado "no competitivo nacional".