A los efectos del control y seguimiento, la empresa PRODUCTORES UNIDOS,
COOPERATIVA AGRARIA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (PUL) deberá documentar
ante el Ministerio de Industria, Energía y Minería anualmente y durante
los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes físicos
y en valores monetarios producidos y los vendidos, sin perjuicio de toda
otra información que le sea requerida.