Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: Los premios a la labor literaria de autores nacionales correspondientes al año 2005.
RESULTANDO: La Dirección de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura gestiona la reserva del monto total de dichos premios así como las retribuciones que percibirán los jurados que entenderán en los fallos de evaluación.
CONSIDERANDO: Resulta procedente determinar los montos de los premios correspondientes a las categorías éditas e inéditas así como los honorarios de los jurados intervinientes.
ATENTO: A lo expuesto, a lo informado por la Dirección de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura, a lo preceptuado por la Ley 15.843 de 8 de diciembre de 1986 y a lo dispuesto por Resolución del Poder Ejecutivo CM/179 de 1 de junio de 2006,
EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA
en ejercicio de las atribuciones delegadas
RESUELVE:
1
FIJASE en $ 892.396 (ochocientos noventa y dos mil trescientos noventa y seis pesos uruguayos) el monto total de los Premios Anuales de Literatura y las remuneraciones a los Jurados de las categorías inéditas y éditas, correspondientes del año 2005.