FIJACION DE LAS TARIFAS POR PUBLICACIONES Y SERVICIOS DE IMPO. ABRIL 1996




Promulgación: 20/03/1996
Publicación: 17/04/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 687
  Visto: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Impresiones y
Publicaciones Oficiales, solicitando la aprobación de las Tarifas del
costo de página y publicación del Diario Oficial;

  Resultando: I) que las tarifas de costo de página y publicación deben
ser actualizadas;

II) que la Dirección Nacional de I.M.P.O., propone las tarifas del costo
de página y publicación a regir desde el 1º de abril de 1996;

III) que no existen objeciones contables que se opongan a lo solicitado;

  Considerando: que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 16.736 de
fecha 1º de enero de 1996, en su art. 341, art. 4 literal C, corresponde
al Director Nacional proponer para aprobación las tarifas de sus
servicios;

  Atento: a lo expuesto precedentemente y a la Resolución del Poder
Ejecutivo Nº 966/91 Artículo 1, incisos f) y h) y a las atribuciones
delegadas establecidas en el título VII de la Resolución 13/93.

            El Ministro de Educación y Cultura en ejercicio
                     de las atribuciones delegadas;

                               RESUELVE:

1

   Fíjanse los siguientes precios para el pago de los trabajos de
impresión por página del Diario Oficial, por parte de la Dirección
Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales, los que regirán al 1º
de abril de 1996;
   Costo de página: $ 406 (pesos uruguayos cuatrocientos seis); 
Referencias al numeral

2

   Fíjanse las siguientes tarifas para la publicación de Avisos, Edictos
Judiciales, Pagos de Suscripciones, Precios de venta de Ejemplares, etc.
que realice la Dirección del Diario Oficial a partir del día siguiente de
la publicación de la presente Resolución y hasta la fijación de las nuevas
tarifas.

- Avisos Judiciales por publicación
  (el centímetro-veinte palabras)                        $ 15.00
- Avisos Estatales y Particulares
  (el centímetro-veinte palabras)                        $ 35.00
- Balances por cada línea medida
  14 cíceros o equivalentes                              $ 24.00
- Estatutos y Reformas de Sociedades
  Anónimas y Sociedades de Resp. Ltda.                  $ 204.00
- Edictos Matrimoniales                                 $ 104.00

PUBLICACIONES BONIFICADAS
- Estatutos de Cooperativas: 50% sobre tarifas
  de Sociedades Anónimas.
- Propiedad literaria y Artística: 50% sobre
  Avisos de Particulares.
- Patentes de Invención: 25% sobre tarifas de
  avisos Particulares.

PUBLICACIONES GRATUITAS
- Pérdidas de Patria Potestad: Ley Nº 13.209,
  Artículo 2º.
- Bien de Familia: Ley Nº 15.597 Artículo 16.
- Rectificación de Partidas: Ley Nº 16.170,
  Artículo 340.

SUSCRIPCIONES Y EJEMPLARES
- Retirando los ejemplares en IMPO o
  Agencia, cuatrimestral                        $ 1.066.00
- Reparto al Interior, cuatrimestral            $ 1.203.00
- Exterior por Correos, cuatrimestral           $ 2.629.00

EJEMPLARES
- Del día $ 14.00
- Atrasados $ 19.00
- Atrasados más de quince días $ 22.00
- Atrasados más de un año $ 44.00
- Fotocopias, la página $ 9.00 
Referencias al numeral

3

   Comuníquese a la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones
Oficiales. Publíquese y cumplido, archívese.

SAMUEL LICHTENSZTEJN
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