FIJACION DE LAS TARIFAS POR PUBLICACIONES Y SERVICIOS DE IMPO. ABRIL 1996




Promulgación: 20/03/1996
Publicación: 17/04/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 687
  Visto: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Impresiones y
Publicaciones Oficiales, solicitando la aprobación de las Tarifas del
costo de página y publicación del Diario Oficial;

  Resultando: I) que las tarifas de costo de página y publicación deben
ser actualizadas;

II) que la Dirección Nacional de I.M.P.O., propone las tarifas del costo
de página y publicación a regir desde el 1º de abril de 1996;

III) que no existen objeciones contables que se opongan a lo solicitado;

  Considerando: que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 16.736 de
fecha 1º de enero de 1996, en su art. 341, art. 4 literal C, corresponde
al Director Nacional proponer para aprobación las tarifas de sus
servicios;

  Atento: a lo expuesto precedentemente y a la Resolución del Poder
Ejecutivo Nº 966/91 Artículo 1, incisos f) y h) y a las atribuciones
delegadas establecidas en el título VII de la Resolución 13/93.

            El Ministro de Educación y Cultura en ejercicio
                     de las atribuciones delegadas;

                               RESUELVE:

1

   Fíjanse los siguientes precios para el pago de los trabajos de
impresión por página del Diario Oficial, por parte de la Dirección
Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales, los que regirán al 1º
de abril de 1996;
   Costo de página: $ 406 (pesos uruguayos cuatrocientos seis); 
Referencias al numeral

SAMUEL LICHTENSZTEJN
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