Establécese que esta autorización se concede con carácter precario y
revocable en cualquier momento sin reclamo o indemnización de clase alguna
y sujeta a las disposiciones legales vigentes, a las que puedan dictarse
en el futuro y a las condiciones técnico administrativas que pudieran
adoptar las respectivas dependencias de la Administración Nacional de
Telecomunicaciones.