CREACION DE GRUPO DE TRABAJO. EXONERACION TRIBUTARIA EN PRODUCTOS Y SERVICIOS COMERCIALIZADOS A TURISTAS EN ZONAS FRONTERIZAS




Promulgación: 29/07/1987
Publicación: 21/08/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 125

2

Dicho Grupo de Trabajo estará integrado por un representante del
Ministerio de Economía y Finanzas que lo presidirá, uno de la Dirección
Nacional de Aduanas, uno de el Banco de la República Oriental del Uruguay,
uno en representación de los comerciantes habilitados para operar en el
sistema en la ciudad de Rivera y uno en representación de los comerciantes
habilitados para operar en el sistema en la ciudad de Chuy.
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