DESAFECTACION DE EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO




Promulgación: 23/12/1981
Publicación: 18/02/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 1989

2

     Desígnanse para ser expropiados por causa de utilidad pública -
declarándose urgente su ocupación - los inmuebles ubicados en la Tercera
Sección Judicial de Montevideo para ser destinados a la construcción de
oficinas administrativas del Inciso 2º "Presidencia de la República", cuyo
padrones y propietarios son los siguientes: a) Nº 5.688 de Luis Angel,
Gladys Elsa y Juan Angel Halty y Lyria Celia y Roberto Frau Tobía; b) Nº
5.677 de Victoria Sánchez Argento, Florinda Savoini de Coronel, María
Angela Argento de Risso, Héctor Argento Bao y Valentina Bao de Argento; c)
Nº 5.678 de Nilda Celia y Elsa Elena Lascano Perera, María Celia Perera
del Marco de Lascano, Edmundo Lascano y María Dolores, Edmundo Pedro
Celestino, Carlos y Adelina Fortunata Lascano Tabaldía.
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