Exonérase, en forma total, a la firma Industria Sulfúrica S.A. del
Impuesto Unico a la Actividad Bancaria, para las operaciones gravadas que
realice en ocasión de los préstamos bancarios que debe efectuar la empresa
para la financiación del equipo a importar (Artículo 8º, literal A) de la
ley 14.178 de Promoción Industrial).