A los efectos de la supervisión del proyecto que debe realizar el
Ministerio de Industria y Energía, la firma Industria Sulfúrica S.A.
deberá presentar a la Unidad Asesora (Ley 14.178) toda la información que
se le solicite durante las etapas de construcción, montaje, puesta en
marcha y funcionamiento hasta el año 7 (siete) inclusive así como
proporcionar la documentación necesaria para corroborar la antedicha
información, en particular en cuanto a insumos, productos, costos y
precios de los bienes a producir.