El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º del
Decreto-Ley 14.178, se aplicará a las nuevas integraciones de capital
social de la empresa hasta un monto en moneda nacional equivalente a U$S
891.900 siempre que se realicen dentro del plazo de 18 meses a partir de
la presente resolución, todo de acuerdo lo dispuesto por el artículo 64
del decreto 663/979, del 19 de noviembre de 1979.