AJUSTE DE CREDITOS PRESUPUESTALES PARA GASTOS DE FUNCIONAMIENTO E INVERSIONES. MAYO 1989




Promulgación: 26/06/1989
Publicación: 18/08/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 748
   Visto: la necesidad de ajustar los créditos  presupuestales de
funcionamiento e inversiones de los Incisos 02 al 28 del Presupuesto
Nacional.

   Resultando: la variación experimentada en el nivel de precios al
consumo en el período 1º de enero al 30 de abril de 1989.

   Considerando: que el índice establecido precedentemente debe
coordinarse con las disponibilidades de las fuentes de financiamiento
respectivas.

   Atento: a lo establecido por los artículos 69, 70 y 82 de la ley
15.809, de 8 de abril de 1986,

   El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,

                                  RESUELVE:

1

   Increméntanse los créditos presupuestales de  Funcionamiento y de
Inversiones de los Incisos 02 al 28 del Presupuesto Nacional en un 18%
(dieciocho por ciento) a partir del 1º de mayo de 1989.

2

   Dése cuenta a la Asamblea General.

3

   Comuníquese, publíquese y  pase a  sus  efectos  a  la  Contaduría
General de la Nación.

SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - LUIS BARRIOS TASSANO - HUMBERTO CAPOTE
- HUGO M. MEDINA - ADELA RETA - JORGE SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - LUIS BREZZO - RAUL UGARTE ARTOLA - PEDRO BONINO GARMENDIA - JOSE VILLAR GOMEZ
Ayuda