Visto: la necesidad de ajustar los créditos presupuestales de
funcionamiento e inversiones de los Incisos 02 al 28 del Presupuesto
Nacional.
Resultando: la variación experimentada en el nivel de precios al
consumo en el período 1º de enero al 30 de abril de 1989.
Considerando: que el índice establecido precedentemente debe
coordinarse con las disponibilidades de las fuentes de financiamiento
respectivas.
Atento: a lo establecido por los artículos 69, 70 y 82 de la ley
15.809, de 8 de abril de 1986,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,
RESUELVE:
1
Increméntanse los créditos presupuestales de Funcionamiento y de
Inversiones de los Incisos 02 al 28 del Presupuesto Nacional en un 18%
(dieciocho por ciento) a partir del 1º de mayo de 1989.
SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - LUIS BARRIOS TASSANO - HUMBERTO CAPOTE
- HUGO M. MEDINA - ADELA RETA - JORGE SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - LUIS BREZZO - RAUL UGARTE ARTOLA - PEDRO BONINO GARMENDIA - JOSE VILLAR GOMEZ