VISTO: La conveniencia de promover inversiones turísticas en el
departamento de Maldonado, con el fin de consolidar un polo de desarrollo
complementario de Punta del Este.-
RESULTANDO: I) que inversores privados han presentado una iniciativa para
la construcción de un hotel de categoría internacional en el referido
departamento, solicitando la autorización para explotar un Casino a
instalarse en dicho complejo.-
II) que con fecha 13 de julio de 2000, el Ministerio de Turismo declaró
de Interés Turístico el proyecto de construcción del referido hotel.-
III) que de conformidad con la cláusula vigésimo primera del contrato
celebrado entre el Estado uruguayo y BALUMA S.A., con fecha 7 de
diciembre de 1992, aquél no otorgará nuevas concesiones de Casinos
privados, dentro de un territorio establecido en el departamento de
Maldonado, salvo que el concesionario realice una inversión igual o
superior a la realizada por BALUMA S.A., que ha sido fijada en U$S
207:000.000,oo (doscientos siete millones de dólares de los Estados
Unidos de América), y además pague un canon igual o superior al que paga
la referida empresa.-
CONSIDERANDO: I) que corresponde formular un llamado a presentación de
expresiones de interés para obtener la explotación de juegos de azar en
un Casino que se deberá instalar en un Complejo Turístico a construir en
la zona que se indicará, dentro del departamento de Maldonado, con una
inversión igual o superior a los U$S 207:000.000,oo (doscientos siete
millones de dólares de los Estados Unidos de América) y con un canon
igual o superior al que paga BALUMA S.A..-
II) que en caso de presentarse interesados, se deberá llamar a Licitación
Pública Internacional de conformidad con lo establecido por el artículo
20º del Decreto Ley Nº 14.335, de 23 de diciembre de 1974 y Decreto
588/975, de 24 de julio de 1975.-
III) que el Tribunal de Cuentas no ha formulado observaciones.-
ATENTO: a lo expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Apruébase el "Pliego de Condiciones" para el llamado a presentación de
expresiones de interés, que se adjunta y que forma parte de esta
Resolución, para obtener la explotación de juegos de azar en un Casino
que se deberá instalar en un Complejo Turístico a construirse en el
departamento de Maldonado, en la faja costera comprendida entre el Arroyo
Maldonado y el extremo sureste de la Punta José Ignacio, y a una
distancia de la costa oceánica no mayor a los 5 Km., con una inversión
igual o superior a los U$S 207:000.000,oo (doscientos siete millones de
dólares de los Estados Unidos de América), con las características
señaladas en el referido Pliego y que pague un canon igual o superior al
que paga BALUMA S.A..- (*)