INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. PABLO JAVIER LORENZO FERNANDEZ




Promulgación: 16/03/2001
Publicación: 22/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 664
VISTO: las presentes actuaciones por la que la Dirección Nacional de 
Comunicaciones da cuenta de las gestiones realizadas por operadores de 
televisión para abonados del interior del país, solicitando ampliar sus 
áreas de servicio, por el sistema de distribución de señales multipunto, 
multiseñal (MMDS).

RESULTANDO: I) que el Poder Ejecutivo adjudicó el suministro del servicio 
de televisión para abonados en el interior del país, de acuerdo a los 
Llamados Públicos a interesados, dispuestos por las Resoluciones del 
Poder Ejecutivo 896 y 954/991 de 5 y 28 de noviembre de 1991 
respectivamente, así como también otorgo permisos de acuerdo al artículo 
6to. del Decreto reglamentario del servicio 349/990 de 7 de agosto de 
1990.

II) que los proyectos de ampliación del área de servicio presentado por 
los permisionarios cumplen con los requisitos establecidos por el 
precitado Decreto reglamentario del servicio y con lo dispuesto en la 
Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997, habiéndose 
presentado dichos proyectos, dentro del plazo establecido en el numeral 
3 de la referida Resolución y la prórroga dispuesta por la Resolución 
del Poder Ejecutivo 1013/997 de 7 de octubre de 1997.

CONSIDERANDO: I) las competencias dispuestas por el numeral 3) del 
artículo 3ro.; y por el numeral 2) del artículo 4to. del Decreto-Ley 
15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción sustitutiva dada por 
los artículos 8vo. y 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991.

II) que las solicitudes fueron presentadas al amparo de lo establecido en 
la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 citada.

III) que es conveniente el diligenciamiento de aquellos proyectos 
planificados para el interior del país, que transportan las señales de 
audio y video por medio de frecuencias radioeléctricas en la modalidad 
MMDS (Sistema de Distribución de Señales Multipunto Multicanal), en la 
banda que va de los 2.500 a los 2.686 MHz; a fin de brindar el servicio 
en las zonas y localidades del país que carecían del mismo, de 
conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

IV) que la distribución de las frecuencias está de acuerdo con la norma 
MERCOSUR/GMC/RES número 71/997 de 13 de diciembre de 1997, aplicable al 
derecho interno por el Decreto del Poder Ejecutivo 115/998 de 28 de abril 
de 1998.

ATENTO: a lo dispuesto por los Decretos-Leyes 15.671 de 8 de noviembre de 
1984 y 14.670 de 23 de junio de 1977, los Decretos 349/990 de 7 de agosto 
de 1990, 115/998 de 28 de abril de 1998 que hace aplicable la Resolución 
del Grupo Mercado Común del MERCOSUR Nro. 71/97 de 13 de diciembre de 
1997, las Resoluciones del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997, 
1013/997 de 7 de octubre de 1997, 119/998 de 17 de febrero de 1998 y a lo 
informado a la Dirección Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría 
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase a Pablo Javier LORENZO FERNANDEZ a suministrar el servicio de 
televisión para abonados por el sistema "MMDS" y a operar una planta 
emisora a instalarse en la localidad de Tala del departamento de 
Canelones.
Asígnense a tales efectos por intermedio de la Dirección Nacional de 
Comunicaciones, la cantidad de 15 (quince) frecuencias en la banda de 
2.500 a 2.686 MHz.
Referencias al numeral

BATLLE - LUIS BREZZO


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