INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. PABLO JAVIER LORENZO FERNANDEZ




Promulgación: 16/03/2001
Publicación: 22/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 664

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 Determínase que estas autorizaciones tendrán carácter de precarias y 
revocables en cualquier momento, sin derecho a indemnización de clase 
alguna y se regirán por las condiciones previstas en el proyecto 
respectivo o las que impusiere la Dirección Nacional de Comunicaciones 
para complementarlo o adecuarlo a los criterios técnicos y a las 
disposiciones legales o reglamentarias.
Cuando existiere discrepancias o contradicciones entre el proyecto 
presentado por los interesados y las normas reglamentarias y técnicas 
dictadas por la Dirección Nacional de Comunicaciones, prevalecerán estas 
últimas.
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