Visto: la gestión de la intervención de la Dirección General de Casinos
a efectos de ampliar el literal f) del artículo 7º del Reglamento del
Juego de Bingo, aprobado por resoluciones de 21 de enero y 12 de mayo de
1980.
Resultando: que con ello, se propone regularizar la constitución del
pozo mayor que en determinadas oportunidades puede alcanzar cifras
exageradas, resultando en tal circunstancia más interesante y útil para el
Casino y los apostadores, que se pueda dividir el fondo en dos o más
premios mayores.
Considerando: que no existen objeciones que impidan acceder a lo
solicitado.
Atento: a lo informado por la Asesoría Jurídica,
El Ministro de Economía y Finanzas,
en ejercicio de las atribuciones
delegadas
RESUELVE:
1
Agrégase a la parte final del literal f) del artículo 7º de la
Reglamentación del Juego de Bingo, aprobado por resoluciones de 21 de
enero y 12 de mayo de 1980, el siguiente párrafo: (*)