Declárase renta exenta del Impuesto a las Rentas de la Industria y
Comercio la que se genere en ejecución del proyecto de Inversión
presentado, por la transferencia de bienes de los Sres. Luis Antonio Moro
Revello y Malva Inés Balbela Cardinal a CAMPERO S.A., siempre que se
efectúe dentro del plazo de 18 meses a partir del 1º de julio de 1991.