DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. COOPERATIVA AGROPECUARIA LIMITADA DE TREINTA Y TRES




Promulgación: 01/08/1983
Publicación: 26/08/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 237

7

   Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantacíón, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto.
   Asimismo, establecese como condición de la declaración de interés
nacional y de los  beneficios acordados que la empresa no podrá vender
leche pasterizada en estado líquido fuera de los límites del Departamento
de Treinta y Tres, salvo autorización expresa del Poder Ejecutivo. Su
incumplimiento podrá cuando a ello hubiere mérito, traer aparejado de
oficio o a petición de parte de la autoridad respectiva, la revocación de
la Declaración de Interés Nacional de conformidad a lo dispuesto en el
artículo 13 de la ley 14.178, de Promoción Industrial y demás
disposiciones concordantes o que se establezcan. 
Referencias al numeral
Ayuda