Visto: la solicitud de la firma S.A. Fábrica Uruguaya de Alpargatas
tendiente a obtener al amparo de la ley 14.178 de Promoción Industrial de
28 de marzo de 1974, la declaración de Interés Nacional para la actividad
que se propone realizar según su proyecto de inversión y la concesión de
diversos beneficios promocionales.
Resultando: I) El proyecto presentado se refiere al reemplazo del
actual equipo sanforizado, apresto y planchado, a la renovación parcial
del equipo de telares y a la ampliación de la capacidad instalada en la
sección tintorería;
II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por S.A. Fábrica Uruguaya de Alpargatas y propone
medidas promocionales.
Considerando: de los asesoramientos recabados surge que procede acceder
a lo solicitado por la firma S.A. Fábrica Uruguaya de Alpargatas por
cuanto el proyecto es viable técnica, financiera y económicamente y
encuadra dentro del Plan Nacional de Desarrollo en cuanto forma parte de
un Plan Director conducente a la reconversión de la empresa de modo de
mejorar sensiblemente su competitividad, sostener una evolución creciente
de los salarios que paga y desarrollar consistentemente las exportaciones.
Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido por la ley 14.178 de Promoción Industrial del
28 de marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por S.A. Fábrica Uruguaya de Alpargatas para el reemplazo del
actual equipo sanforizado, apresto y planchado, la renovación parcial del
equipo de telares y la ampliación de la capacidad instalada en la sección
tintorería. (*)