El beneficio de canalización de ahorro dispuesto por el artículo 9º
de la ley 14.178, se aplicará a las nuevas integraciones de capital social
de la empresa Industria Maderera del Norte S.A., hasta un monto en moneda
nacional equivalente a U$S 912.600, y siempre que se realicen dentro del
plazo de un año a partir de la presente resolución, todo de acuerdo a lo
dispuesto por el decreto 996/975, de 29 de diciembre de 1975, artículo 96,
en la redacción dada por el decreto 461/979, del 13 de agosto de 1979.