Dispónese que la firma adjudicataria deberá constituir la garantía de
fiel cumplimiento de contrato, equivalente al 15% (quince por ciento) de
los ingresos estimados por el oferente para la elaboración del Flujo de
Fondos y a la orden del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, en los
términos establecidos en los Artículos XVI y XVII del Pliego de
Condiciones que rigió el presente llamado.