APROBACION DEL ACUERDO DE SEDE A CELEBRASE ENTRE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO), SOBRE EL SEMINARIO REGIONAL PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE




Promulgación: 16/12/2025
Publicación: 29/12/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Acuerdo de Sede a celebrase entre la República Oriental del Uruguay y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), sobre el Seminario Regional para América Latina y el Caribe sobre el fortalecimiento de las competencias en inteligencia artificial de docentes y estudiantes, a celebrarse en la ciudad de Montevideo, los días 11 y 12 de diciembre de 2025;

   RESULTANDO: I) que al Ministerio de Educación y Cultura, a través de sus diversas Unidad Ejecutoras, le compete la estimulación a la educación, así como la difusión e investigación de los avances de las tecnologías digitales en dicha área, promoviendo el fortalecimiento institucional y el desarrollo de los distintos actores relacionados en todos sus niveles (estudiantes, docentes, investigadores, académicos);

   II) que en tal sentido, se pretende coorganizar en conjunto con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), organismo del cual el país es miembro constituyente y tiene una extensa y fructífera relación, el Seminario Regional para América Latina y el Caribe sobre el fortalecimiento de las competencias en inteligencia artificial de docentes y estudiantes;

   III) que por el citado Acuerdo, se asumen obligaciones en cuanto a la organización ejecutiva, la concesión de privilegios e inmunidades a los participantes, la provisión de sitios de reunión, trabajo y alojamiento, facilitación de transporte y trámites de visado, coordinación del evento con las autoridades de la agencia internacional, prensa y difusión de las actividades, así como la seguridad general de personas y bienes relacionados al Seminario, entre otros;

   IV) que la organización del evento impone responsabilidades en varias áreas de que importan competencias de distintas Secretarías de Estado;

   CONSIDERANDO: I) que en mérito a lo reseñado, corresponde proceder a la aprobación del Acuerdo de Sede negociado entre la República Oriental del Uruguay y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), autorizando la suscripción del mismo en representación del país en el señor Ministro de Educación y Cultura, Prof. José Carlos Mahía Freire;

   II) que el presente Acuerdo de Sede no generará gastos al Estado;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el numeral 20) del artículo 168 de la Constitución de la República, el artículo 145 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, el artículo 33 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, y el artículo 1° del Decreto N° 108/992, de 16 de marzo de 1992;     

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase el Acuerdo de Sede a celebrase entre la República Oriental del Uruguay y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), sobre el Seminario Regional para América Latina y el Caribe sobre el fortalecimiento de las competencias en inteligencia artificial de docentes y estudiantes, el que luce como Anexo (*) en idioma español y se considera parte integrante de la presente Resolución.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

2

   Autorízase la suscripción del citado Acuerdo en el señor Ministro de Educación y Cultura, Prof. José Carlos Mahía Freire.

3

   Dése cuenta a la Asamblea General dentro de los diez (10) días siguientes a su celebración.

4

   Comuníquese, publíquese.

5

   Pase al Ministerio de Educación y Cultura a sus efectos.

   YAMANDÚ ORSI - JOSÉ CARLOS MAHÍA - CARLOS NEGRO - MARIO LUBETKIN
Ayuda