Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud del SINDICATO UNICO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL MAR
Y AFINES (SUNTMA) a fin de que se le otorgue el beneficio de Seguro por
Desempleo, que abona el Banco de Previsión Social, a 2 (dos) trabajadores
de empresas pesqueras y se modifique la resolución de fecha 3 de mayo de
2006 respecto a un trabajador por haberse padecido error en el nombre de
la empresa a la cual pertenece.
RESULTANDO: Que dada la situación por la que atraviesan las empresas
pesqueras, el personal de varias de ellas fue enviado al Seguro por
Desempleo, incluyendo a dos trabajadores que ya han agotado el periodo
legal de 6 meses de Seguro por Desempleo.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo dado que se están llevando a cabo gestiones a fin de
arribar a un acuerdo entre las partes, y mantener así la fuente de
trabajo a dicho personal.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Amplíase por el plazo de 90 (noventa) días, el beneficio del Seguro por
Desempleo que concede el Banco de Previsión Social a 2 (dos) trabajadores
de las siguientes empresas pesqueras: 1 (un) trabajador de la empresa
POTENSOL S.A. y 1 (un) trabajador de la empresa INDUPEZ S.A.