Visto: el interés del Poder Ejecutivo de investigar la factibilidad
técnica y económica de aprovechar la conformación geológica de la
denominada fosa tectónica del Río Santa Lucía, a fin de construir
entrampes para el gas natural proveniente de la República Argentina.
Resultando: I) Que compete al Poder ejecutivo en general todo lo
relacionado con la definición, programación y contralor de la política
en materia de fuentes de energía; y en particular, el mejor
aprovechamiento de depósitos de hidrocarburos gaseosos;
II) Que compete a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol
y Portland (ANCAP) la ejecución de todas las actividades y operaciones
vinculadas a la industria de hidrocarburos.
Considerando: I) que ANCAP posee valiosos antecedentes sobre la
referida conformación geológica, constituídos por estudios de sísmica
y perforaciones llevados a cabo en colaboración con Yacimientos
Petrolíferos Fiscales (YPF) de Argentina en la década del 60;
II) Que resulta conveniente cometerle a ANCAP la realización de las
tareas conducentes a determinar la factibilidad del aprovechamiento de
la conformación geológica referida en el Visto de la presente
Resolución.
Atento: a lo referido previamente y a lo establecido en los artículos
5º y 8º de la ley 14.181 de 29 de marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Cométese a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland (ANCAP) la definición de los términos de referencia necesarios
para un llamado a interesados en la realización de estudios
complementarios a los ya existentes, que permitan conocer la factibilidad
técnica y económica del proyecto de aprovechamiento de la fosa tectónica
del Río Santa Lucía, con destino a entrampes de gas natural.
Fíjase un plazo de 60 (sesenta) días para que ANCAP eleve a la
aprobación del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, los recaudos necesarios para el llamado público
correspondiente.