HIDROCARBUROS. GAS NATURAL




Promulgación: 02/06/1993
Publicación: 25/06/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 517

2

   Fíjase un plazo de 60 (sesenta) días para que ANCAP eleve a la
aprobación del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, los recaudos necesarios para el llamado público
correspondiente.
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