Las construcciones que se encuentran dentro del área identificada como
fracción 2 en el plano de Mensura y Deslinde -Intendencia Municipal de
Florida, División Agrimensura- de fecha 27 de marzo de 1996 -expediente
Mpal. Nº 4950/95- quedan afectadas por las siguientes servidumbres: 1)
Prohibición de realizar cualquier intervención arquitectónica sin el
consentimiento previo de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico
y Cultural de la Nación, 2) Obligación de proveer a su conservación y
usarlas conforme a su fin, 3) Facilitar las inspecciones que pudiera
disponer la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la
Nación;