VISTO: La solicitud de la firma BILDESOL S.A. que desarrolla actividades
en el área turística, tendente. a obtener la declaratoria promocional
para la actividad que se propone realizar según su proyecto de inversión
y la concesión de diversos beneficios promocionales.
RESULTANDO: I) Que el proyecto presentado tiene como cometido la
construcción de un casino y la realización de obras complementarias en el
Complejo Hotelero Arapey Termal Resort.
II) Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley Nº
16.906 de 7 de enero de 1998, recomienda la declaratoria promocional para
la actividad del proyecto de inversión presentado por BILDESOL S.A. y
propone medidas promocionales.
CONSIDERANDO: Que el proyecto presentado por la firma BILDESOL S. A. de
acuerdo con lo informado por el Ministerio de Turismo, es viable técnica,
financiera y económicamente.
ATENTO: A lo recomendado por la Comisión de Aplicación, a lo establecido
por la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 y por el Decreto Nº 124/001 de
5 de abril de 2001.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
1
Declárase promovido de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la
Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e inciso a. del artículo 1º del
Decreto Nº 124/001 de 5 de abril de 2001, el proyecto de inversión
presentado por la empresa BILDESOL S.A. para la construcción de un casino
y la realización de obras complementarias en el Complejo Hotelero Arapey
Termal Resort, por un monto total de inversión de U$S 4:837.987 (dólares
americanos cuatro millones ochocientos treinta y siete mil novecientos
ochenta y siete) a construirse en el predio emplazado en Termas del
Arapey, propiedad de la Intendencia Municipal de Salto.