Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: estos antecedentes elevados por el Instituto Nacional de Pesca,
a los fines que se expresarán.
Resultando: I) con fecha lº de diciembre de 1993, la firma COMITA
S.A., solicitó el correspondiente permiso para ejercer actividades de
comercialización al por mayor, de productos de la pesca;
II) el Instituto Nacional de Pesca, con fecha 22 de febrero de 1993,
expresa que se han dado los extremos previstos reglamentariamente para
acceder a lo solicitado, debiendo la empresa involucrada cumplir con
todas las obligaciones de información que, con fines técnicos,
estadísticos o de investigación, le fueren requeridos por el Instituto,
en ejercicio de las atribuciones conferidas por el decreto ley Nº 14.484,
de 18 de diciembre de 1975.
Considerando: conveniente de acuerdo con los informes favorables
vertidos en estos obrados, proveer en la forma aconsejada por el
Instituto Nacional de Pesca;
Atento: a lo preceptuado por el Art. 22 de la ley Nº ley Nº 13.833, de
29 de diciembre de 1969, los Arts. 20 y 21 del decreto Nº 711/971, de 28
de octubre de 1969, decreto ley Nº 14.484, de 18 de diciembre de 1975 y a
lo informado por la Dirección de Servicios Jurídicos del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca.
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Otórgase a favor de la firma COMITA S.A., el correspondiente permiso
para ejercer actividades de comercialización al por mayor, de productos
de la pesca.