Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
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A los efectos del control y seguimiento, la empresa "Montelur S.A." deberá documentar ante el Ministerio de Industria, Energía y Minería anualmente y durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los vendidos, sin perjuicio de toda otra información que le sea requerida.