OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. FRIGORIFICO INDUSTRIAL PANDO S.A.




Promulgación: 05/04/2001
Publicación: 19/04/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   VISTO: La solicitud de la empresa FRIGORIFICO INDUSTRIAL PANDO S.A. a fin de que se otorgue el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de Previsión Social para 42 (cuarenta y dos), de sus trabajadores.

   RESULTANDO: Que la situación recesiva de la región ha determinado el 
envío a parte del personal al Seguro por Desempleo, el que no puede ser 
reintegrado en la actualidad.

   CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

   II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa seguir instrumentando las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho personal.

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 10º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Amplíese por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 43 (cuarenta y 
tres), trabajadores de la firma FRIGORIFICO INDUSTRIAL PANDO S.A. que se encuentren en condiciones legales de acceder al mismo. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 642/001 de 16/05/2001 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 436/001 de 05/04/2001 numeral 1.

2

 El monto del subsidio por desempleo que por esta Resolución se amplía, 
se calculará de conformidad a lo establecido en el artículo 6º del 
Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981.

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

BATLLE - ALVARO ALONSO

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