El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º de
la ley 14.178, se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de
la Empresa HISUD S.A. hasta un monto en moneda nacional equivalente a
dólares 190.767.01 y siempre que se realicen dentro del plazo de 10 meses
a partir de la presente resolución, todo de acuerdo a lo dispuesto por el
artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de noviembre de 1979.