DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. JUAN CARLOS PUPPO Y COMPANIA




Promulgación: 08/03/2002
Publicación: 18/03/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 396

3

 Los bienes que se incorporen con destino al equipamiento por un monto de 
U$S 132.265 (dólares americanos ciento treinta y dos mil doscientos 
sesenta y cinco), se podrán computar como activos exentos a efectos de la 
liquidación del Impuesto al Patrimonio por el término de 5 años a partir 
del ejercicio en el que se incorporó el bien. A los efectos del cálculo 
del pasivo computable, los citados bienes serán considerados activos 
gravados.
Ayuda